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Brasil prohíbe usar Bitcoin, criptos y stablecoins en remesas internacionales

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El Banco Central de Brasil oficializó una nueva restricción para el sistema eFX que impide usar stablecoins, Bitcoin y otros criptoactivos como vía de liquidación en pagos, transferencias y remesas internacionales. La medida no prohíbe la compra o tenencia de criptos, pero sí redefine los límites dentro de la infraestructura formal de pagos transfronterizos.

***

  • La Resolución BCB nº 561 impide a los proveedores de eFX usar activos virtuales para liquidar remesas con contrapartes en el exterior.
  • La norma no prohíbe a personas o empresas comprar, mantener o transferir stablecoins y criptomonedas en Brasil.
  • Expertos advierten que la decisión puede elevar costos operativos, aunque también reduce incertidumbre regulatoria.

 


El Banco Central de Brasil publicó la Resolución BCB nº 561, una norma que prohíbe oficialmente el uso de stablecoins, Bitcoin y otros activos virtuales en pagos o transferencias internacionales realizadas dentro del modelo eFX. Se trata de un sistema regulado para operaciones digitales de cambio y remesas al exterior, utilizado por fintechs, bancos e instituciones de pago.

La decisión redefine cómo deben liquidarse esas operaciones cuando intervienen proveedores brasileños y contrapartes fuera del país. A partir de la nueva resolución, esos pagos o cobros solo podrán realizarse mediante una operación de cambio tradicional o a través de movimientos en cuentas en reales de no residentes mantenidas en Brasil.

En la práctica, esto excluye del flujo operativo del eFX a stablecoins respaldadas en dólar, como Tether y USD Coin, así como a criptomonedas como Bitcoin y Ethereum. El texto regulatorio deja explícito que el uso de activos virtuales queda vedado en ese proceso.

Según la información publicada por Cointelegraph Brasil, la medida forma parte de una estrategia más amplia del regulador para mantener bajo supervisión directa los flujos financieros transfronterizos realizados por instituciones autorizadas. El objetivo declarado es fortalecer la trazabilidad, la supervisión y la protección de los usuarios del servicio.

Qué cambia exactamente con la nueva resolución

La norma establece que “el pago o cobro entre prestador de eFX y su contraparte en el exterior debe realizarse exclusivamente: I – por medio de operación de cambio o de movimiento en cuenta en reales de no residente mantenida en Brasil, quedando vedado el uso de activos virtuales”. Con esa redacción, el Banco Central cierra la puerta al uso de criptoactivos como riel institucional de liquidación.

Esto significa que una empresa autorizada para operar en eFX no podrá recibir reales de un cliente en Brasil, convertir esos fondos a una stablecoin y completar la remesa en el exterior mediante blockchain, al menos no dentro del esquema regulado del eFX. Si quiere seguir operando bajo las reglas oficiales, deberá recurrir a canales bancarios tradicionales o a estructuras formalmente autorizadas.

La resolución también incorpora a los activos virtuales como una categoría específica dentro de la tabla oficial de clasificación cambiaria. En el Anexo V aparece la rúbrica para adquisición de bienes y servicios en soluciones de pago digital con identificación expresa de “activos virtuales”, asociada al código 34038.

Ese detalle es relevante porque muestra que el Banco Central reconoce la existencia económica de estos instrumentos. Sin embargo, al mismo tiempo, deja claro que no acepta su uso como infraestructura oficial de remesas internacionales dentro del modelo eFX.

El regulador señaló además que la publicación es resultado de una consulta pública realizada en 2025. También indicó que el servicio eFX quedará restringido a instituciones autorizadas a operar por el propio Banco Central, aunque las entidades que todavía no tengan esa autorización podrán seguir prestando el servicio si solicitan su permiso de funcionamiento hasta mayo de 2027.

Como parte del esquema de supervisión, las instituciones deberán entregar información detallada cada mes al Banco Central y utilizar cuentas segregadas destinadas exclusivamente al tránsito de recursos de clientes de eFX. Esa exigencia busca separar con claridad el dinero de clientes del flujo operativo de las empresas que prestan el servicio.

¿Se prohibieron las stablecoins en Brasil?

No de forma general. El abogado Isac Costa explicó en una publicación en LinkedIn que la regla prohíbe exclusivamente que el prestador de eFX utilice activos virtuales como vehículo para liquidar la remesa con su socio en el exterior. Es decir, la restricción se concentra en la capa institucional de compensación entre empresas que operan este servicio.

Según Costa, cuando el proveedor de eFX va a pagar o cobrar de su contraparte fuera del país, debe hacerlo mediante una operación de cambio tradicional o por movimiento en cuenta en reales de no residente. En ese tramo de la operación, ya no podrá usar cripto como riel de liquidación.

El abogado subrayó que no existe una prohibición total al uso de stablecoins referenciadas en dólar. Personas y empresas siguen siendo libres para comprar, mantener o transferir esos activos. La limitación legal es estrictamente institucional e impide que las corredoras de eFX usen infraestructura cripto para compensar saldos de sus propias operaciones.

También sostuvo que un prestador de eFX, como Wise o Nomad, no puede usar stablecoins para liquidar con su contraparte en el exterior. Sin embargo, una PSAV autorizada sí podría intermediar la compra y venta de USDT o USDC dentro del mercado de cambio, bajo las reglas previstas en la Resolución 521.

En su lectura, la Resolución BCB 561/26 blinda el canal de liquidación del servicio eFX. Al exigir que las compensaciones entre instituciones ocurran solo por el sistema financiero tradicional, el Banco Central asegura la trazabilidad fiduciaria de esas remesas agregadas e impide la creación de canales paralelos de compensación vía blockchain.

Para los usuarios menos familiarizados con el tema, el punto clave es diferenciar entre el uso personal de criptoactivos y su uso como infraestructura institucional de pagos. La nueva norma no impide que un inversor compre BTC o stablecoins en una exchange, pero sí limita cómo ciertas empresas reguladas pueden mover dinero internacionalmente dentro del sistema eFX.

Un marco regulatorio que sigue en desarrollo

La abogada Thássila Victória Nogueira, asociada de Cascione Advogados, interpretó la publicación como parte de una actualización de las normas cambiarias. A su juicio, esta revisión busca reflejar el desarrollo del mercado de remesas internacionales y la construcción de la regulación del mercado de activos virtuales por parte del Banco Central.

Nogueira señaló que, aunque la regulación publicada en principio prohíba la utilización de stablecoins en los flujos de pago o cobro asociados a los servicios de eFX, la discusión sobre el encuadre jurídico de estos instrumentos en el ámbito del PL 4.308/24 podría modificar el panorama más adelante.

El 24 de abril de 2026, el Banco Central emitió una nota técnica sobre el PL 4.308/24 en la que defendió que las stablecoins deberían ser consideradas monedas electrónicas o depósitos bancarios tokenizados. La lógica expuesta por la autoridad es que la tokenización no cambiaría la caracterización del activo subyacente.

La abogada recordó que la discusión tiene como base la regulación de emisores de stablecoins en Brasil, todavía en desarrollo a partir de ese proyecto de ley. Por ahora, la propuesta busca disciplinar las operaciones de emisión de activos virtuales referenciados en moneda fiduciaria por entidades ubicadas en Brasil.

Nogueira añadió que las Resoluciones BCB 520 y 521, publicadas el año pasado por el propio Banco Central, someten a las stablecoins no solo a la regulación de activos virtuales sino también a la regulación cambiaria. En ese sentido, la normativa vigente, aunque aún en implementación y sin regular directamente la emisión, exige que las operaciones con stablecoins referenciadas en monedas extranjeras cumplan reglas del mercado cripto y del mercado cambiario.

Sobre las llamadas stablecoins de dólar emitidas en el exterior, explicó que el PL se limita a establecer criterios para permitir su compra, venta, oferta, distribución, intercambio o circulación en Brasil. Aunque esas reglas no someterían al emisor extranjero a autorización o supervisión directa del Banco Central, sí proponen requisitos mínimos para habilitar la circulación de esos activos en el país.

La abogada advirtió además que la nota técnica publicada recientemente contradice parte del andamiaje regulatorio ya construido y discutido con el mercado. En su opinión, aunque no altera de forma directa la tributación de estas transacciones, sí sugiere mecanismos de contención y condicionamiento de acceso al mercado doméstico, como exigencias de reconocimiento regulatorio, acuerdos de cooperación entre autoridades, regímenes de equivalencia o restricciones de uso en ciertas transacciones internas.

Impacto para fintechs, pagos y remesas internacionales

Eduardo Prota, General Manager Brazil and Head of Latam de Oobit, afirmó que las reglas para VASP y las reglas de eFX avanzan en direcciones opuestas dentro del mismo movimiento regulatorio. En sus palabras, una reconoce al activo virtual como vehículo legítimo de cambio y la otra prohíbe su uso en la pata externa del pago internacional.

Esa tensión ayuda a explicar por qué la medida genera debate entre empresas del sector. El modelo eFX fue creado para viabilizar servicios modernos de pago internacional, como compras en sitios extranjeros, envío de dinero al exterior, recepción de fondos desde fuera del país, retiros durante viajes y transferencias vinculadas a inversiones internacionales.

En años recientes, varias compañías globales habían estudiado el uso de stablecoins para hacer estas operaciones más rápidas y baratas. Al impedir que los operadores autorizados del eFX utilicen criptoactivos como puente de liquidación, la nueva resolución limita una de las rutas tecnológicas más prometedoras para bajar costos y acelerar tiempos de compensación.

Especialistas del sector consideran que la decisión puede elevar los costos operativos de algunos modelos digitales. Aun así, también reconocen que al dejar la prohibición por escrito, el Banco Central reduce la incertidumbre regulatoria y fija límites más claros entre la innovación financiera y la infraestructura oficial de pagos internacionales.

La resolución no prohíbe la compra, venta o custodia de criptomonedas en Brasil. Los inversionistas todavía podrán negociar Bitcoin, Ethereum y stablecoins en exchanges o billeteras digitales bajo las reglas vigentes. Lo que cambia es su uso como mecanismo operativo en remesas internacionales encuadradas específicamente en el sistema eFX.

En síntesis, Brasil no cerró su mercado a las stablecoins ni a Bitcoin, pero sí trazó una línea más estricta para el uso institucional de esos activos dentro de la arquitectura regulada de remesas. El efecto inmediato será más control sobre la liquidación transfronteriza, y el debate de fondo seguirá girando en torno a cómo integrar la innovación blockchain sin ceder supervisión sobre los flujos financieros internacionales.


Imagen original de DiarioBitcoin, creada con inteligencia artificial, de uso libre, licenciada bajo Dominio Público

Este artículo fue escrito por un redactor de contenido de IA

 

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